El Ayuntamiento de Madrid se encuentra trabajando en un plan especial que permita implantar cualquier clase de hospedaje, incluidos apartahoteles, alquileres de temporada, pensiones o casas de hospedaje en ámbitos industriales, donde –hasta que se apruebe esta medida– no es posible. Este trámite pretende … elevarse a la Junta de Gobierno para su aprobación inicial antes de verano.
Así, el Gobierno municipal, a través del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad que dirige Borja Carabante, modificará el régimen de compatibilidad del uso terciario hospedaje en los ámbitos regulados por la Norma Zonal 9 grado 3 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación de Madrid de 1997, con la finalidad de eliminar la restricción actual que solo permite implantar el uso terciario de hospedaje en la modalidad de hotel.
La iniciativa ha sido solicitada por el sector para incrementar la oferta de hospedaje de corta y media estancia en estas zonas de la capital, sobre todo teniendo en cuenta las restricciones que se han establecido en el centro de la ciudad y la descentralización impulsada en el plan Reside, aprobado en 2025. Este nuevo plan especial dará continuidad a esta estrategia de llevar el hospedaje fuera del centro, que además se alinea con los objetivos del consistorio del Plan Estratégico de Turismo de la Ciudad de Madrid 2024-2027.
De este modo, el consistorio pretende fomentar «un modelo de turismo sostenible que redistribuye el flujo de visitantes y el impacto económico positivo hacia los distritos exteriores, promoviendo el desarrollo del comercio local y la revitalización de los entornos urbanos», indican en un comunicado.
Afectará a más de 240 parcelas
Para ello, se ha llevado a cabo un estudio de más de 3.000 parcelas en ámbitos industriales o calificadas de uso industrial. Tras este análisis se ha concluido que los ámbitos regulados por el grado 3 de la Norma Zonal 9 y en las parcelas de uso cualificado industrial incluidas en ámbitos de uso global no industrial –es decir, zonas residenciales o terciarias– pueden admitir todas las categorías del uso de hospedaje, dada la pérdida de su carácter industrial tras el proceso de terciarización que han experimentado estos ámbitos. Es esta circunstancia la que posibilita suprimir en ellos las cautelas y limitaciones introducidas sobre el uso terciario hospedaje en la modificación del Plan General de 2007.
Así, este plan afectará a más de 240 parcelas que se encuentran en los distritos de Arganzuela, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza, San Blas-Canillejas y Barajas. Se refiere, por ejemplo, a parcelas que se sitúan en el Polígono Industrial de la carretera de Burgos (Fuencarral-El Pardo), en el barrio del Aeropuerto (Barajas), en la calle Josefa Valcárcel (San Blas-Canillejas), en la calle Costa Rica con M-30 (Chamartín) o en la avenida de Andalucía (Usera).
El uso terciario para hospedaje tiene actualmente limitaciones en los suelos de uso industrial, en los que solo se puede aplicar la modalidad de hotel. Las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana del 97 excluyeron cualquier otra modalidad de alojamiento turístico, cuestión que se introdujo con la mencionada modificación. Esta impide que se puedan implantar otros modos de hospedaje diferentes al hotel en parcelas industriales con la intención de frenar que se implantaran residencias encubiertas, sobre todo tipo ‘lofts’ en estos ámbitos. Lo que se detectó previamente es que se autorizaban como apartamentos turísticos y, después, se comercializaban fraudulentamente como vivienda, provocando la pérdida de suelo para actividades económicas y generando pocas garantías de calidad de vida para los residentes.
Urbanismo establece ahora que, mientras los grados 4 y 5 de la Norma Zonal 9 ‘Actividades económicas’ y los ámbitos de uso cualificado industrial de normativa particular se caracterizan por su clara vocación industrial, los ámbitos regulados por el grado 3 con uso cualificado mixto -industrial en coexistencia con el terciario oficinas- han mostrado un claro proceso de terciarización, perdiendo su carácter industrial. Esta circunstancia posibilita suprimir en estas parcelas las cautelas y limitaciones que fija la normativa.
El ayuntamiento podrá estudiar, caso por caso, otros ámbitos industriales regulados por los grados 4 y 5 de la Norma Zonal 9 (que se corresponden con polígonos industriales tradicionales) que, por sus características de terciarización asimilables a las que concurren en la Norma Zonal 9 grado 3, se considere que también podrían albergar todas las modalidades de hospedaje que ahora se van a permitir con carácter general en la Norma 9.3.
El objeto del plan especial se circunscribirá a las funciones que establece el artículo 50 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
